El pasado 1 de julio entró en vigor el Anexo 20 3.3 que, a partir del 1 de diciembre de 2017 a partir del 1 de enero de 2018, será la única versión de comprobantes fiscales digitales válida; sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación en el mes de enero del presente año, los cambios en el formato de la nueva factura 2017 continúan siendo de impacto para todos los contribuyentes personas físicas y morales que, en apenas dos meses, deberán adoptarlos de manera obligatoria.
El CFDI 3.3 trae consigo la inclusión de nuevos datos requeridos por la autoridad fiscal y la implementación de cambios significativos en la manera de registrar y validar la información de las operaciones, actos o actividades que se realicen; así como de los pagos que, en virtud de éstas, se efectúen.
Es de mayor importancia apoyarse con su asesor contable o fiscal para conocer la manera y forma correcta del llenado de sus CFDI.
Principales cambios:
- Clasificación de los comprobantes en: Ingreso, Egreso, Traslado, Nómina y Pago.
- Uso de catálogos para el registro de la mayor parte de la información.
- Registro de CFDI´s previos, que guarden relación con la operación que se realiza.
- Captura de la Clave del Producto o Servicio y de la Unidad, según catálogo del SAT.
- Definición de Impuestos por clave, en cuyo caso la existencia o no de la información estará condicionada al tipo de factor que aplique.
- Aplicación de descuentos por monto.
- Generación de un Código de Confirmación cuando el Total del CFDI 3.3 exceda el valor máximo permitido o sobrepase el porcentaje de variación que aplique a la moneda.
- Y otros cambios importantes.
- Nuevo esquema de cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales
Algunos de los catálogos que se incorporan y su contenido son:
Catálogo de producto o servicios
- Está conformado de 52,839 claves de productos.
- Las claves se integran de 8 dígitos; los 2 primeros indican la “división”, los siguientes 2 el “grupo”, los siguientes dos la “clase” y los últimos dos la “subclase”.
- Se cumple con este requisito con que se clasifique la descripción del bien o servicio hasta el tercer nivel, es decir hasta la clase, los primeros 6 dígitos de la clave del catálogo.
- Establece en que productos o servicios no le es aplicable el IEPS.
- Indica en que productos o servicios es necesario la emisión de algún complemento.
Catálogo de forma de pago
- Se integra de 20 claves.
- En el caso de que se reciba el pago al momento de la emisión del CFDI se indicará la forma de pago correspondiente según el catálogo y no se emitirá el “complemento para recepción de pagos”.
- En el caso de que se reciban pagos de distintas formas se indicará la clave de la forma de pago de mayor cuantía.
- En caso de que no se reciba el pago de la contraprestación al momento de la emisión del CDFI se deberá seleccionar la clave “99” (Por definir)
Catálogo de código postal
- Se integra de 32,385 claves
- Se debe incorporar el código postal que corresponda al lugar de expedición del CFDI.
- Se considera que se cumple con el requisito de señalar el lugar de expedición y de señalar el domicilio del local o establecimiento en que se expide el CFDI.
Catálogo de método de pago
- Se integra de 3 Claves
- “PUE” Pago en una sola exhibición.- se utiliza cuando se realice el pago del CDFI al momento de su emisión.
- “PPD” Pago en parcialidades o diferido.- se utiliza cuando se emita el CFDI y el pago se realice con posterioridad ya sea en un solo pago o en parcialidades. Si al momento de la emisión del CFDi se recibe alguna parcialidad se deberá emitir un segundo CDFI con el complemento de recepción de pagos por dicha parcialidad.
Catálogo de tipos de comprobante
- Se integra por 5 claves (I = ingreso, E = egreso, T = traslado, N = nómina y P = pago)
- Señala los importes máximos por los cuales se pueden emitir cada tipo de comprobante.
- En caso de exceder del monto señalado se debe solicitar clave de confirmación al PAC
Catálogo de uso de CFDI
- Se integra por 22 claves
- Indican si el CFDI es para amparar gastos, inversiones o deducciones personales.
- En caso de que se registre una clave de uso distinta al uso que se le dará al CFDI no afecta para su deducción o acreditamiento de impuestos.
Proceso de cancelación (1 de julio del 2018)
La solicitud cancelación de un CFDI ya no podrá realizarse de manera automática desde ONControl, deberá de realizarse por medio del uso del Buzón Tributario.
Para ello, ahora deberá de haber una aceptación del receptor para poder cancelar un CFDI, es decir, cuando el emisor de un CFDI requiera o se vea en la necesidad de cancelarlo, deberá de enviar al receptor del comprobante, una solicitud de cancelación, esto a través del buzón tributario.
Una vez recibida la solicitud de cancelación, el receptor del CFDI tendrá 72 horas para autorizar o no la cancelación, esto a través del mismo medio (Buzón Tributario), si el receptor no responde transcurrido este tiempo, la autoridad fiscal dará por aceptada la solicitud, procediendo el emisor del CFDI a la cancelación del mismo.
Factura de recepción pagos (complemento de pagos a partir del 1 de abril de 2018).
El Complemento de Pagos se utilizará cuando se realice algún pago en diferentes parciales. Se deberá generar una factura por el monto total de la compra y después generar un CFDI por cada pago que se realice. También se hará uso del Complemento de Pagos cuando un pago único no se haya hecho al momento de generar el CFDI.
Recuerda que en caso de hacer un cobro por parcialidades se deberá emitir un CFDI con el Complemento de Pagos por cada pago que se realice. Por lo que si se generan 5 pagos deberán existir 5 CFDI de cada pago realizado.
En cuanto a pagos posteriores, se deberá generar un CFDI en la que se indique que la factura fue hecha por cero pesos y se debe generar otra en cuanto se realice el pago.
Si tu esquema de trabajo te permite realizar facturas solo si recibes el pago en el momento, es decir facturas de contado, no será necesario que utilices el complemento de pagos.
Solo será necesario utilizarlo para negocios con esquemas de trabajo en donde tengan que generar facturas a crédito, es decir facturar y recibir en futuras fechas pagos de la misma factura.
Mas información: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/Recepcion_de_pagos.aspx
Preguntas frecuentes: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Complementoscfdi/PregFrec_RP.pdf
Costos de actualización ONControl Junior
Es necesario comunicarse a las oficinas de ONControl para solicitar su cambio a la nueva versión 3.3 a partir del 09 de Octubre del 2017
- CFDI Versión 3.3 $1,100.00 más IVA.
- CFDI Complemento de recepción de pagos $600.00 más IVA.
- Empresa o RFC Adicional $200.00 más IVA.
Costos de actualización ONControl Web – Facturalizate
- CFDI Versión 3.3 $900.00 más IVA
Preguntas y respuestas sobre el Anexo 20 versión 3.3
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/PregFrecCFDIVer3_3.pdf
Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet versión 3.3
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Gu%C3%ADaAnexo20.pdf
Catálogos e información publicada por el SAT sobre la nueva versión CFDI 3.3
http://sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/Anexo_20_version3.3.aspx
Te sugerimos ver el siguiente vídeo de un taller en donde se habla de todos los cambios de esta nueva versión 3.3